Reparto de Utilidades 2023: ¿Cuándo deben pagarse y a quiénes?
Foto: Redes

La Constitución mexicana establece que los trabajadores tienen derecho a recibir una parte de las ganancias de la empresa en donde labora. Es decir, tienen derecho al reparto de utilidades, las cuales se pagan en los primeros meses del año.

Lo anterior quiere decir que los trabajadores pueden participar de las ganancias obtenidas por el patrón o empresa, siempre y cuando estas se generen.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que es obligatorio pagar a los trabajadores una parte de las ganancias generadas por la actividad productiva que ofrece una empresa en el mercado.

¿Cuándo es el reparto de utilidades 2023?

Para las empresas, la obligación se genera a partir del primer día de abril y hasta el último de mayo.

En el caso de las personas físicas, se deben pagar el primer día hábil de mayo y la fecha límite es el último día de junio.

Las utilidades causan impuestos solo en los casos en los cuales la cantidad exceda el equivalente a 15 días de salario mínimo.

Así puedes saber cuánto te toca por el pago de utilidades

Para el reparto se toma en cuenta el 10 por ciento de las utilidades netas y se considera el monto de la utilidad de la empresa durante el ejercicio fiscal pasado, así como el número de empleados, sueldo y tiempo que lleva trabajando cada uno durante el año.

¿Qué hacer si no me pagaron utilidades?

En caso de que donde trabajas no te hayan pagado utilidades y no den explicación alguna, se puede reclamar ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en la Ciudad de México.

En caso de no tener un abogado particular, la Profedet realizará de forma gratuita el patrocinio del juicio laboral ante la autoridad.

Solo las empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento no están obligadas a pagar utilidades. También compañías nuevas que se dediquen a la elaboración de un producto novedoso.

¿Quién tiene derecho al pago de utilidades?

Todos los trabajadores, excepto: directores, administradores, gerentes generales, socios o accionistas. También trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año, así como prestadores de servicios profesionales.

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